DESCONFINAMIENTO

Así funcionarán las peluquerías a partir del 4 de mayo

Las peluquerías y salones de belleza que puedan proteger con las medidas de seguridad necesarias a sus clientes, empleados y además ofrezcan la opción de la 'cita previa', podrán abrir al público a partir del 4 de mayo.

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Imagen de una peluquería durante la pandemia del COVID-19 | EFE

Europa FM

Madrid 29/04/2020 19:00

El Gobierno dio a conocer este martes las fases del proceso de desescalada, un desconfinamiento que será paulatino, se hará por comunidades y atenderá a las exigencias de Sanidad, que será el organismo que decida qué Comunidades Autónomas avanzan o retroceden en cuanto a apertura de establecimientos y alivios en las restricciones de movilidad.

CUÁNDO ABRIRÁN AL PÚBLICO

Las peluquerías podrán abrir en la fase 0 siempre y cuando puedan concertar citas previas y el personal disponga de equipos de protección individual. Deberán cumplir las medidas exigidas de aforo. La fase 0 comienza el 4 de mayo.

Si no ofrecen cita previa, tendrán que esperar a la fase 1 para recuperar su actividad. La fase 1 comenzará dos semanas después(11 de mayo) si los indicadores lo permiten. Cada fase durará como mínimo dos semanas.

OBLIGACIONES PARA DAR EL SERVICIO

- Dar cita previa es un requisito fundamental para ofrecer el servicio

- La limitación del aforo deberá ser del 30%

- Equipos de protección individual: mascarillas y guantes

RECOMENDACIONES

- Uso de mascarillas para clientes ya que cumplir la distancia de seguridad es difícil

- Flexibilidad horaria

- Desinfectar los materiales y el puesto antes y después de cada servicio

EL SECTOR DE LA BELLEZA, EL PELIGRO

Un estudio de la Alianza de Empresarios de Peluquería de España asegura que las consecuencias de la crisis del coronavirus pueden acarrear el cierre permanente de un 42% de las peluquerías, más de 200.000 establecimientos.

LAS PELUQUERÍAS PODRÁN PEDIR UNA MORATORIA

Las peluquerías podrán solicitar la suspensión durante seis meses del pago de las cotizaciones sociales de mayo, junio y julio, según publica este miércoles el BOE. La moratoria permitirá a los autónomos y empresas cuya actividad se corresponda con los códigos de la CNAE de estas actividades solicitar la suspensión de las cuotas empresariales de sus trabajadores durante un plazo de seis meses sin ningún tipo de interés.

Si se les concede la moratoria, los pagos que debían realizar en mayo se ingresarán en noviembre y así sucesivamente con el resto de mensualidades. Las empresas deben solicitar la moratoria entre el 1 y 10 del mes en el que tendrían que afrontar el pago a la Tesorería General de la Seguridad Social a través del sistema RED.