PARA FRENAR LOS REBROTES

CORONAVIRUS | Nuevas restricciones: Esto es lo que se puede hacer en cada Comunidad Autónoma

Las Comunidades Autónomas han puesto en marcha nuevas medidas frente a la Covid-19. Asimismo, el Gobierno estudia restricciones de movilidad como las de la fase 2 de la desescalada si en los próximos días no se produce un cambio en la curva de contagios del virus.

Ciudadanos con mascarilla en Santa Coloma de Gramanet | EFE

Europa FM

EFE

Barcelona 23/08/2020 14:32

Los contagios por coronavirus siguen aumentando en España. Por esta razón, las comunidades autónomas han puesto en marcha un nuevo plan de restricciones para tratar de frenar los rebrotes.

Asimismo, en Madrid, un juez ha anulado la orden aprobada sobre la prohibición de fumar en la calle al entender que "desde una comunidad autónoma no se pueden limitar derechos fundamentales con carácter general sin una previa declaración de la alarma". La Comunidad de Madrid va a recurrir esta decisión.

Una persona sostiene un cigarrillo en la terraza de en un bar | Efe (Archivo)

NUEVAS RESTRICCIONES FRENTE AL CORONAVIRUS

ANDALUCÍA

Publicación de la orden: 16 de agosto.

Entrada en vigor: 17 de agosto.

Andalucía amplía a dos metros la distancia social mínima para fumar en vía pública; limita al 75 % el aforo máximo en el interior de los locales de hostelería, y ha activado también en fase de pruebas la aplicación móvil de alerta de contagios 'RadarCOVID'.

ARAGÓN

Publicación de la orden: 17 de agosto.

Entrada en vigor: 17 de agosto.

Aragón es otra de las comunidades que han puesto en marcha la aplicación móvil de alerta de contagios 'RadarCOVID'. También reforzará los controles para impedir los llamados botellones, que serán sancionados de una forma más dura, y se intensificarán las pruebas en centro sanitarios para evitar contagios entre los más mayores.

ASTURIAS

Publicación de la orden: 18 de agosto.

Entrada en vigor: 18 de agosto.

Asturias llevará a cabo análisis automatizados de las aguas residuales de las principales áreas de población de la comunidad autónoma con el fin de poder detectar por barrios o zonas geográficas concretas la presencia del covid-19 y poder lanzar alertas tempranas ante posibles nuevos brotes.

BALEARES

Publicación de la orden: 18 de agosto.

Entrada en vigor: 18 de agosto.

El Govern balear ha ampliado las restricciones acordadas con el Gobierno central a la prohibición de contacto en el deporte no profesional, así como la reducción del aforo de los templos del 75 al 50 % y el veto a las fiestas diurnas en piscinas y de las llamadas "party boats".

La playa de s'Arenal, en Mallorca. | Europa Press

CANARIAS

Publicación de la resolución: 21 de agosto.

Entrada en vigor: 21 de agosto.

Canarias, que ya había aplicado restricciones previamente al acuerdo entre el Gobierno y las CCAA algunas de las medidas del acuerdo, faculta a los alcaldes, en su condición de autoridad sanitaria, a adoptar las medidas adicionales y complementarias en sus respectivos ámbitos territoriales.

CANTABRIA

Publicación del decreto: 15 de agosto.

Entrada en vigor: 18 de agosto.

Cantabria trasladó exactamente el acuerdo del Consejo Interterritorial. La asociación que reúne a un centenar de empresas del ocio nocturno de Cantabria presentó un recurso contencioso administrativo pidiendo la suspensión cautelar, que rechazó el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TJSC).

CASTILLA-LA MANCHA

Publicación del decreto: 22 de agosto.

Entrada en vigor: 23 de agosto.

El gobierno de Castilla-La Mancha ha publicado este sábado el decreto que incluye como novedades el cierre de los prostíbulos y locales de alterne y la prohibición de venta de alcohol entre las 22:00 y las 8:00 horas excepto en la hostelería y la restauración.

Botellas de alcohol | Pexles

CASTILLA Y LEÓN

Publicación de la orden: 16 de agosto.

Entrada en vigor: 17 de agosto.

Castilla y León ha sido de las comunidades más rápidas a la hora de ejecutar las medidas, que reforzó unos días después de activar la orden a través de un plan aprobado el 21 de agosto y que entró en vigor este sábado: extendió el uso de mascarilla en piscinas, limitó el aforo en establecimientos al 50%, cerró las peñas y prohibió los eventos multitudinarios.

CATALUÑA

Publicación de la resolución: 18 de agosto.

Entrada en vigor: 18 de agosto.

La resolución recuerda la prohibición de consumir bebidas alcohólicas en la vía pública para evitar los botellones y obliga a "garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en el servicio de barra" y la distancia entre mesas, donde en una misma no se podrán congregar más de 10 personas.

El 13 de agosto el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) avaló la decisión de la Generalitat de prorrogar durante quince días el cierre de todas las discotecas y bares musicales, recurrido por la Federación Catalana de Asociaciones de Actividades de Restauración y Musicales.

EXTREMADURA

Publicación de la resolución: 18 de agosto.

Entrada en vigor: 18 de agosto.

Extremadura penaliza los incumplimiento con sanciones de su Ley de salud pública, que establece sanciones de hasta 3.000 euros en sanciones leves; de 3.000 hasta 60.000 euros en las graves, y de 60.000 hasta 600.000 euros en las muy graves.

Un grupo de amigos tomando un café en un bar con la mascarilla puesta | EFE

GALICIA

Publicación de la orden: 15 de agosto.

Entrada en vigor: 17 de agosto.

Además de las medidas comunes, Galicia desaconseja reuniones entre personas que no convivan para frenar la propagación de la pandemia, muy focalizada en el área de A Coruña. Ya había activado previamente la prohibición de fumar en la vía pública y espacios al aire libre, incluidas terrazas, si no se cumple con la distancia de seguridad.

LA RIOJA

Publicación de la resolución: 15 de agosto.

Entrada en vigor: 15 de agosto.

El Gobierno de La Rioja fue el primero en implantar las medidas. Establece la figura del 'autorrastreo' entre la población, con el fin de que cada persona pueda llevar un control diario de sus contactos ante la posibilidad de ser requerida por las autoridades sanitarias por posibles casos de covid-19.

MADRID

Publicación de la orden: 19 de agosto.

Entrada en vigor: 21 de agosto.

Suspensión: 21 de agosto.

Madrid introdujo la prohibición de comer en trenes y autobuses y exigió una autorización previa para eventos de 600 personas o más, pero un juez anuló la orden ese mismo día al entender que "desde una comunidad autónoma no se pueden limitar derechos fundamentales con carácter general sin una previa declaración de la alarma". La Comunidad de Madrid recurrirá a la Justicia la paralización.

MURCIA

Publicación de la orden: 16 de agosto.

Entrada en vigor: 16 de agosto.

Murcia fue con La Rioja de las primeras comunidades en activar las medidas y recomendaciones que Sanidad y las comunidades consensuaron. Posteriormente, el día 18 publicó una orden para limitar al 50% el número de ocupantes en los vehículos públicos y privados tras detectar un aumento de contagios en el transporte a los lugares de trabajo.

Dos viajeras con mascarilla en un autobús de Bilbao | EFE

NAVARRA

Publicación del decreto ley foral: 18 de agosto.

Entrada en vigor: 18 de agosto.

El viernes en que se cerró el acuerdo, Navarra ya activó en Tudela restricciones por la alta incidencia entre su población. Una parte de las medidas ya las tenia en marcha (blindaje de centros sociosanitarios, cribados y actuaciones específicas en brotes o recomendar limitar encuentros sociales y familiares) o estaban previstas.

PAÍS VASCO

Publicación de la orden: 19 de agosto.

Entrada en vigor: 19 de agosto.

El País Vasco es el territorio que más reforzó las medidas restrictivas: declaró la emergencia sanitaria el lunes pasado y desde el miércoles no permite los grupos de más de 10 personas en la vía pública y en establecimientos hosteleros y gastronómicos-recreativos, como txokos. Tampoco comer en el transporte público.

C. VALENCIANA

Publicación de la resolución: 18 de agosto.

Entrada en vigor: 18 de agosto.

Establece limitaciones a los usuarios de vehículos de transporte. Eventos y actividades cuya afluencia prevista supere las 400 personas quedan supeditados a autorización previa por parte de la administración. Se establece la obligación de realizar pruebas PCR a todos los nuevos ingresos y reingresos en residencias y centros sociosanitarios con 72 horas de antelación como máximo. Las medidas tienen 21 días de vigencia y pueden ser revisadas y prorrogadas. EFE